SEGO
Como podemos ver hasta ahora, y después de un montón de legislación (ya se que es muy farragosa , pero...) no hay nada nuevo que una empresa no tenga: - Una Evaluación de Riesgos Laborales . De aquí a nuestra prestación, necesitamos trabajadoras y trabajadoras embarazadas, por lo tanto la empresa tendrá: - Una Evaluación específica de los puestos de trabajo de las citadas trabajadoras. No es tan difícil, y no debe ser problema para ninguna de las partes. Una vez que la trabajadora ha informado a su empresa de su situación como mujer gestante, es la empresa y el servicio de prevención de la misma la que le va a orientar y dirigir a adoptar las medidas necesarias encaminadas a la eliminación o disminución de los riesgos derivados del trabajo reubicando a la trabajadora en un puesto de trabajo exento de riesgo o bien iniciará los trámites para la obtención del correspondiente subsidio. Y ahora que?? Quien legisla cuand...