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SEGO

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Como podemos ver hasta ahora, y después de un montón de legislación (ya se que es muy farragosa , pero...) no hay nada nuevo que una empresa no tenga:   - Una Evaluación de Riesgos Laborales .   De aquí a nuestra prestación, necesitamos trabajadoras y trabajadoras embarazadas, por lo tanto la empresa tendrá:   - Una Evaluación específica de los puestos de trabajo de las citadas trabajadoras.   No es tan difícil, y no debe ser problema para ninguna de las partes.   Una vez que la trabajadora ha informado a su empresa de su situación como mujer gestante, es la empresa y el servicio de prevención de la misma la que le va a orientar y dirigir a adoptar las medidas necesarias encaminadas a la eliminación o disminución de los riesgos derivados del trabajo reubicando a la trabajadora en un puesto de trabajo exento de riesgo o bien iniciará los trámites para la obtención del correspondiente subsidio.   Y ahora que?? Quien legisla cuand...

LEGISLACION (ParteII)

  LEGISLACION (Parte II) La Ley de Prevención de Riesgos Laborales en su art. 14 determina que:   ◾ "Los trabajadores tienen derecho a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo" y ◾ "El empresaria deberá cumplir las obligaciones establecidas en la normativa sobre prevención de riesgos laborales" En el art. 25 hace referencia sobre el personal sensible:   ◾ "El empresario garantizará de manera específica la protección de los trabajadores que, por sus propias características personales o estado biológico conocido, incluidos aquellos que tengan reconocida la situación de discapacidad física, psíquica o sensorial, sean especialmente sensibles a los riesgos derivados del trabajo. A tal fin, deberá tener en cuenta dichos aspectos en las evaluaciones de los riesgos y, en función de estas, adoptará las medidas preventivas y de protección necesarias."     En el art. 16 de la LPRL, viene a establecer...

LEGISLACION

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    La maternidad a día de hoy en el ámbito laboral, ha obligado a establecer un conjunto de obligaciones empresariales a razón de la comunicación del estado de embarazo de cualquiera de sus trabajadoras que muchas veces son obviadas por parte de las empresas, por puro desconocimiento.     Desde el 24.03.2007 (Ley Orgánica 3/2007, por la igualdad efectiva entre hombres y mujeres), esta prestación queda incluida dentro de la acción protectora para todos los regímenes de la Seguridad Social.     Estas obligaciones están recogidas en el articulo 16 y 26 de la LPRL (Ley Prevención de Riesgos Laborales) y en el Reglamento de los Servicios de Prevención, principalmente en su art.4 modificado por el R.D 298/09 .

GENERALIDADES

   Partimos básicamente de que el embarazo no es una patología, vamos que la mujer no está enferma, por lo que si bien implica una sobrecarga para el organismo y una serie de cambios en la fisiología de la mujer gestante, no por ello se debe equiparar a una incapacidad para realizar una vida normal.       Puede pasar que el embarazo suponga un desencadenante que descompense una patología ya existente o para la aparición de patología silentes (aquellas que tenemos pero que no nos dan síntomas); en ambos casos si nos puede suponer una incapacidad temporal y por consiguiente una baja laboral. (comúnmente llamada baja por enfermedad).       Hay otro tipo de situaciones en la que la trabajadora gestante (o también lactante) no presenta ninguna enfermedad que la incapacite para su vida cotidiana, pero algún proceso de su tarea laboral influye negativamente en su salud o en la del feto, convirtiéndose en un riesgo para el embarazo......

BIENVENIDA

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Bienvenidos a mi blog sobre la prestación de subsidio de riesgo en el embarazo. Aquí quiero guiar tanto a empresarios como a trabajadoras en esta prestación, para que la relación laboral sea perfecta y todos puedan conocer que es lo que se debe hacer y en el momento que se debe hacer. Esta situación no debe suponer nunca un conflicto laboral, siempre y cuando cada uno cumpla con su cometido , por eso es muy importante conocerla en profundidad. Desde mi experiencia, espero que pueda ser de gran ayuda.     Bienvenidos!!!!